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Novedades sobre Blanqueo de Capitales [2024]

3 MIN.
Mudafy
|
30.9.2024

¿Qué es el Blanqueo de Capitales?

La AFIP ha reglamentado y publicado en el Boletín Oficial el nuevo Régimen de Regularización de Activos, conocido como "Blanqueo de Capitales". Este régimen permite, a los residentes argentinos y a aquellos que hayan cambiado su residencia fiscal a otro país y hoy decidan regresar bajo el amparo de este proceso, a regularizar activos no declarados, con fecha límite hasta el 31 de marzo de 2025. Aplica únicamente a impuestos devengados hasta el 31 de diciembre de 2023.

Se caracteriza en esta ocasión por un esquema de alícuotas escalonadas y mayores montos permitidos. La Resolución General Nº 5528/2024 publicada en el Boletín Oficial detalla que este dinero ingresado en el sistema financiero deberá quedar hasta el 31 de diciembre de 2025 o ser invertido en destinos autorizados.

Quienes se adhieran quedarán liberados de toda acción que surja del incumplimiento de las obligaciones tributariasvinculadas a los activos blanqueados. Así como de los impuestos que se debieron haber pagado por: ganancias, ganancia mínima presunta, transferencia de inmuebles, débitos y créditos, impuestos internos, IVA, bienespersonales, aporte solidario y extraordinario, contribución especial sobre el capital del ascooperativas.

Fechas clave y alícuotas

El proceso de adhesión comenzó el jueves 18 de julio, y se divide en tres etapas, cada una con diferentes alícuotas:

Etapa Tiempo para adhesión y pago adelantado obligatorio Características
1 Desde el inicio de la reglamentación hasta el 30 de septiembre de 2024* Bienes por hasta USD 100.000 no pagarán impuestos. Aplica una alícuota del 5% sobre el excedente de USD 100.000
2 Desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024 La alícuota será del 10% sobre el excedente de USD 100.000
3 Desde el 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2025 La alícuota será del 15% sobre el excedente de USD 100.000

Esta normativa también posibilita adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año. De esta manera el contribuyente tiene hasta el 2028 para presentar su declaración, otorgándole como beneficio estabilidad fiscal, al no estar tener que pagar mayores alícuotas sobre su patrimonio durante ese periodo.

*Prorrogado hasta el 31 de octubre de 2024.

¿Qué se puede declarar?

Este nuevo régimen de regularización contempla:

  • Moneda nacional o extranjera
  • Inmuebles
  • Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares o cuotapartes de fondos comunes de inversión
  • Títulos valores
  • Créditos de cualquier tipo o naturaleza
  • Criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares
  • Derechos y otros bienes intangibles
  • Otros bienes muebles
  • Otros bienes con valor económico

¿Qué sucede con el dinero en efectivo?

Dentro de la regulación se establece que el dinero en efectivo deberá ser depositado en una cuenta bancaria especial, y que solo es regularizable durante la primera etapa del blanqueo. Esto implica que para quedar excluido del impuesto debe ser depositada en esta cuenta especial hasta el 30 de septiembre de 2024 y quedar inmovilizado hasta esa fecha en esta cuenta, solo si no supera los 100.000 USD. No está previsto un retiro anticipado para este caso. Por otro lado, si fueran montos mayores, dinero en cuenta en el exterior o producido por títulos depositados en el exterior la inmovilización será hasta el 31 de diciembre de 2025 con un cargo de 5% en caso de retiro anticipado. Este dinero podrá ser colocado en ciertos instrumentos financiero o inversiones inmobiliarias, pero al momento no se precisan todos los detalles.

¿Cómo hacer el trámite?

Se podrá adherir al Régimen de Regularización de Activos hasta el 30 de abril de 2025, siguiendo los siguientes pasos:

  1. Manifestación de adhesión. Hasta el 31 de marzo de 2025 desde el servicio "Portal Régimen de Regularización de Activos Ley 27.743", ingresando la opción “Manifestación de Adhesión”, y completando el formulario de adhesión F. 3320.
  2. Pago adelantado obligatorio: Debe realizarse dentro del tiempo establecido por la etapa que corresponda, y su incumplimiento generará la baja automática de la manifestación de adhesión al régimen excluyendo al contribuyente de todo beneficio previsto en el régimen.
  3. Presentación de declaración jurada: debe detallar los bienes a regularizar y se presenta junto con toda la documentación requerida para acreditar la titularidad y/o el valor de los bienes regularizados.
  4. Pago del Impuesto Especial: Como el régimen se divide en tres etapas, la fecha de la manifestación de adhesión definirá la etapa del régimen aplicable. Compartimos las fechas límite de la presentación de la declaración jurada y del pago del impuesto de regularización:
    1. Etapa 1 hasta el 30 de noviembre de 2024, inclusive.
    2. Etapa 2 hasta el 31 de enero de 2025, inclusive.
    3. Etapa 3 hasta el 30 de abril de 2025, inclusive.

Para ver todo los pasos de la adhesión, la AFIP facilita la guía “Nuevo Pacto Fiscal: ¿Cómo adhiero al Régimen de Regularización de Activos?”.

¿Cuáles son los beneficios del blanqueo para el sector inmobiliario?

Este régimen abriría la inversión en el mercado inmobiliario, permitiendo la regularización de capitales con beneficios fiscales significativos. Esto podría impulsar la dinámica del sector y aumentar las operaciones.

Aspectos clave de la nueva reglamentación

En una reciente publicación en el Boletín Oficial, la AFIP ha reglamentado el proceso para blanquear propiedades que, hasta ahora, solo contaban con un boleto de compraventa.

🔑 Posibilidad de blanqueo: Ahora se puede blanquear un inmueble a nombre de un tercero siempre que se cuente con un boleto de compraventa con posesión o un documento similar, debidamente certificado por escribano con fecha cierta hasta el 31 de diciembre de 2023. Esto permite regularizar la situación de propiedades sin escritura y no registradas en el Registro de la Propiedad.

⚠️ Limitaciones: No se podrán blanquear propiedades únicamente demostrando el pago de servicios o impuestos durante años. Es fundamental contar con el documento de posesión con fecha cierta y certificación notarial.

💰 Impacto en Bienes Personales: La Ley Bases ha aumentado el piso mínimo no imponible de $27.377.408,28 a $100 millones y ha actualizado el límite para inmuebles destinados a casa habitación de $136.887.041,42 a $350 millones. Además, se redujo la alícuota y se unificó para bienes en el país y en el exterior.

En síntesis, con la nueva reglamentación de AFIP si uno tiene el boleto con posesión o documento similar siempre certificado por escribano, aplica el blanqueo. En cambio, si una persona no tiene el boleto con posesión con fecha cierta, aún pudiendo demostrar de otra manera que pagó los impuestos por una larga cantidad de años, no puede acceder.

¿Qué pasó con las últimas leyes de blanqueo?

Debemos observar que si bien todas son leyes que intentan propulsar el mercado inmobiliario a través de redirección de inversiones privadas al sector moderando la normativa aplicable, todas lo hacen de una manera distinta o con un enfoque diferente. Y si nos centramos en esta última regulación resalta el esquema de alícuotas escalonadas y mayores montos permitidos, intentando captar el perfil más alto de inversores y volcarlos a un sector que venía muy relegado.

  • Ley 27.260 (2016): Conocida como el Régimen de Sinceramiento Fiscal, permitió la declaración de bienes no declarados hasta ese momento, con el pago de un impuesto especial.
  • Ley 27.541 (2019): Esta ley, también conocida como de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, incluyó un capítulo sobre blanqueo de capitales para incentivar la regularización de activos y fondos no declarados.
  • Ley 27.613 (2021): Fomentó la inversión en la construcción y otorgó beneficios fiscales a quienes regularizaran fondos destinados a proyectos inmobiliarios.
  • Ley 27.679 (2022): Impulsó la regularización de capitales destinados a la construcción y actividades productivas, ofreciendo beneficios impositivos.
  • Ley 27.743 (2024): Conocida como "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes", esta ley extendió el blanqueo de capitales hasta 2025 con un esquema de alícuotas escalonadas (5%, 10%, y 15%) para la regularización de fondos superiores a USD 100.000.

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