A la hora de comprar y vender una propiedad, el foco está puesto en un principio en el precio del inmueble y muchas veces se pasan por alto los costos asociados a la transacción. El conjunto de los costos asociados al sumarlos se vuelve un monto significativo y hasta puede volver inalcanzable aquella propiedad en la cual uno ya se imaginaba decorando.
¿Qué otros costos están involucrados?
La principal función del escribano durante la operación de compraventa es la asistencia y asesoramiento a las partes en cuanto al aspecto legal de la operación. Entre las funciones principales, es el encargado de:
Previo a la concreción del acto:
Durante y post:
¿Quién se hace cargo de este costo?
El escribano que interviene suele ser designado por la parte compradora y es quien termina abonando sus honorarios (tradicionalmente estipulados en 2% + IVA).
En cuanto a los gastos y la tramitación previa, se estila que sean divididos de la siguiente manera:
En las propiedades de mayor valor (superior a 400.000 USD) porcentaje suele ser menor ya que algunos conceptos son valores fijos y otros tienen topes por lo que no aumentan con el valor de la propiedad.
En la práctica, las inmobiliarias son las que realizan todas las acciones para concretar la venta ayudando al vendedor:
Por estos servicios, los vendedores hasta el momento solían pagar entre un 1% y un 3% (más IVA) del valor de venta del inmueble.
Por otro lado, los compradores solían pagar entre un 3% y un 4% (más IVA) por la tramitación de los certificados de dominio e inhibición, dos certificados que brindan aval para vender la propiedad.
Al concretar la operación de compraventa, se deberán afrontar los pagos a la AFIP y a la agencia recaudatoria de cada Jurisdicción (en el caso de CABA, la AGIP).
Impuesto a la Transferencia Inmobiliaria o Impuesto a las ganancias
Como ya revisamos en el posteo anterior, dependiendo el año en que haya sido comprada la propiedad el vendedor deberá tributar:
Impuesto a los sellos
Por otro lado, por la operación se deberá afrontar el impuesto a los sellos, un gasto que totaliza el 3.6% del valor de escritura del inmueble. Según usos y costumbres, este gasto suele ser dividido en partes iguales entre el comprador y vendedor.
Si el comprador no posee otra propiedad, estará exento del pago hasta una suma de $975.000 (valor actualizados en 2016). Por debajo de este monto, en caso de ser vivienda única, no corresponde el pago de este impuesto. Por arriba de ese valor se paga el impuesto. Es decir que al monto de escrituración de la propiedad (en pesos) hay que restarle $960.000 y sobre el saldo se aplica el 3.6% (que abonará 1,8% cada parte).
Al analizar en forma detallada los costos que se incurrirían en una operación de compraventa de una propiedad de 100.000 USD (si tomamos en consideración el precio promedio de CABA implicaría una propiedad de no más de 40m2):
Estos números, en una época de crisis donde cada centavo lo vale, no hacen más que despertar una alerta y urgen a encontrar maneras alternativas o complementarias para disminuir los costos asociados a la compra-venta de una propiedad.