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Calculadora de actualización de alquileres (ICL e IPC)

Cargá el alquiler, la fecha de inicio del contrato, el índice y cada cuánto se actualiza: te mostramos cuánto pagás hoy, cuánto vas a pagar en la próxima actualización y cada aumento desde el inicio, con los índices oficiales del BCRA y del INDEC.

Datos del contrato

Desde el 1/7/2020.

ICL publicado por el BCRA hasta el 16/10/2026.

Alquiler vigente hoy

$658.378

31,7% desde el inicio, en 1 actualización.

Actualización pendiente · 1/10/2027

El BCRA todavía no publicó el ICL del 1/10/2027.

DesdeICL entreAumentoAlquiler
1/10/20261/10/2025 → 1/10/202631,7%$658.378
1/10/2027pendiente1/10/2026 → 1/10/2027——

Fuentes: ICL del BCRA (publicado hasta el 16/10/2026) e IPC nivel general nacional del INDEC (publicado hasta agosto 2026). Se actualizan una vez por día. El resultado es orientativo: lo que vale es lo que dice tu contrato.

Cómo se calcula

Con el ICL: en cada actualización, el alquiler se multiplica por el ICL del día de la actualización dividido por el ICL del día de la actualización anterior (o del inicio del contrato). El BCRA publica el ICL todos los días, con dos decimales.

Con el IPC: se aplica la inflación acumulada del período, del mes anterior al inicio del período al mes anterior a la actualización. Si el INDEC todavía no publicó ese mes, la actualización queda pendiente.

Qué índice corresponde a tu contrato

El índice y la frecuencia de los aumentos dependen de cuándo se firmó el contrato y de lo que dice:

  • Ley 27.551 (Boletín Oficial del 30/6/2020): en los alquileres de vivienda, ajustes anuales con el índice del BCRA que combina IPC y salarios (el ICL).
  • Ley 27.737 (Boletín Oficial del 17/10/2023): ajustes cada 6 meses o más, con un coeficiente que toma la menor variación entre 0,9 del Coeficiente de Variación Salarial (INDEC) y el CER (BCRA). Esta calculadora no calcula ese coeficiente.
  • DNU 70/2023 (Boletín Oficial del 21/12/2023): derogó la Ley 27.551 (art. 249) y reemplazó el artículo 1199 del Código Civil y Comercial (art. 257). Las partes pueden pactar el ajuste con cualquier índice, público o privado, y la moneda del alquiler.

Ante una duda sobre tu contrato, consultá con un abogado o con tu inmobiliaria.

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Herramientas para decidir

Preguntas frecuentes

Se divide el ICL del día de la actualización por el ICL del día de inicio del contrato (o de la actualización anterior) y se multiplica el alquiler por ese coeficiente. Por ejemplo, el ICL del 1/7/2022 fue 2,23 y el del 1/7/2023 fue 4,55: un alquiler de $100.000 pasó a $204.036 (+104,0%).

Es el Índice para Contratos de Locación que publica el Banco Central (BCRA) todos los días, con base 30/6/2020 = 1. Lo creó la Ley 27.551, que lo armó con partes iguales de la variación del IPC y de la RIPTE (salarios).

Se toma la inflación acumulada de los meses del período, hasta el mes anterior a la actualización. En un contrato trimestral que empezó en enero, la actualización de abril aplica la variación del IPC entre diciembre y marzo.

Porque el índice todavía no se publicó. El INDEC publica el IPC de cada mes a mediados del mes siguiente, y el BCRA publica el ICL con unos días de anticipación. Cuando sale el dato, la calculadora lo toma sola.

No. El DNU 70/2023 (Boletín Oficial del 21/12/2023) derogó la Ley 27.551 y reemplazó el artículo 1199 del Código Civil y Comercial: las partes pueden pactar el ajuste del alquiler con cualquier índice, público o privado. El índice y cada cuánto se actualiza son los que dice el contrato.